La Justicia ordenó aplicar la Ley de Financiamiento Universitario: el escenario de las universidades y la Marcha Federal
Ha pasado 1 año, 1 mes, 3 semanas y 2 días desde que el Congreso Nacional sancionó la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria, la cual tuvo por objetivo reforzar – dado el particular contexto del país – las disposiciones de otra Ley que ya regía la Educación Universitaria desde 2015.
Esta última norma definió que el estado nacional es el responsable de proveer el financiamiento a las Universidades Públicas (Artículo 2) y que este no puede ser disminuido ni reemplazado por recursos de fuentes no contempladas en el presupuesto nacional (Artículo 58).
Es conocido que el gobierno nacional no aceptó los términos de la Ley de Financiamiento Universitario, la vetó y no la implementó, a pesar de que el Poder Legislativo rechazó tal veto. Luego, el conflicto se trasladó al ámbito judicial, donde se van produciendo novedades que consideramos importante compartir con la comunidad.
Al igual que en marzo pasado, ponemos a disposición un informe que se propone ordenar los datos del financiamiento universitario para una mejor interpretación.
Respeto institucional y vigencia de la ley
El camino judicial tuvo definiciones muy claras en todas sus instancias. La Justicia rechazó tanto los recursos como los intentos de recusación presentados por el gobierno y si bien no se expidió sobre la discusión de fondo (la constitucionalidad), dejó vigente la orden de cumplimiento de la medida cautelar para garantizar los derechos afectados por la decisión gubernamental.
El 25 de junio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó por unanimidad el recurso del gobierno y dejó firme la medida cautelar que obliga a cumplir con la recomposición salarial del personal universitario y con la actualización de las becas.
Luego, el pasado 6 de octubre, el juez federal Martín Cormick resolvió sobre la cuestión de fondo. Hizo lugar al amparo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de la UBA, y declaró inconstitucional la cláusula del Decreto 759/2025 que condicionó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.
Para el magistrado, esa condición equivalió a un veto presidencial en los hechos. El Juez interpretó que, dada la decisión del Congreso – con los 2/3 de sus miembros – de sostener tal Ley, el Poder Ejecutivo solo debía promulgar la norma sin ningún tipo de condicionamiento. Cuestión que no ocurrió. Ante esto, ordenó que el gobierno debía dictar las normas necesarias para su cumplimiento efectivo. Nuevamente, el Gobierno anunció que apelará la decisión judicial.
El estado actual de la cuestión muestra que la medida cautelar sobre salarios y becas, se encuentra firme en etapa de ejecución con posibles astreintes (penalidad aplicada a la Jefatura de Gabinete nacional por incumplimiento de la decisión judicial); mientras que la sentencia de fondo sobre la totalidad de la Ley de Financiamiento se encuentra suspendida por la apelación del gobierno ante la Sala correspondiente.
Un Congreso que legisla, una Justicia que se pronuncia en distintas instancias y una ley que aún no se aplica plenamente ponen en discusión el respeto por las reglas de nuestro sistema republicano: la división de poderes, la voluntad de los legisladores y el cumplimiento de las decisiones judiciales.
Un deterioro presupuestario que trasciende los salarios
El detrimento presupuestario es de carácter global, impactando sobre todas las funciones de la Universidad: la enseñanza, la investigación, la extensión, los programas de becas y los gastos de funcionamiento que hacen al día a día (servicios, mantenimiento, infraestructura y equipamiento).
Tomando como base el presupuesto universitario de 2023, y una vez aislado el impacto de la inflación, se puede advertir una merma del orden de entre 23 y 29 puntos porcentuales en TODOS los años hasta el día de la fecha. En resumen, el sistema cuenta hoy con casi un cuarto menos de recursos reales que en 2023.
Esta pérdida no involucra solo salarios sino cada una de las líneas presupuestarias que permiten funcionar a las Universidades.
Salarios: la recomposición no fue suficiente
Se ha publicitado que se ha recompuesto el salario del personal universitario, lo cual es parcialmente cierto. En efecto, en términos nominales, el personal universitario recibió en 2026 una recomposición del 21,33% en junio y un 3% adicional en septiembre. Pero, si se corrige por inflación, el poder adquisitivo de tales salarios representa, aproximadamente, dos tercios de los vigentes en diciembre de 2023.
Como se verá en el gráfico siguiente el promedio salarial, durante todo este período, se mantuvo en torno al 64,52% de dicho valor.
El gráfico, también, identifica dos claros lapsos donde la pérdida de poder adquisitivo se hizo manifiesta. Al inicio del período presidencial, donde todos los sectores enfrentaron impactos por el cambio de reglas del entorno económico. Luego, desde diciembre de 2025 hasta mediados de 2026, en oportunidad del desarrollo del conflicto judicial por la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La recomposición indicada se realizó posteriormente al pronunciamiento judicial a favor de la vigencia de tal norma.
Qué viene
La apelación del Gobierno llevará la discusión a nuevas instancias, mientras la ley continúa sin aplicarse. En ese contexto, el jueves 15 de octubre se realiza la Marcha Federal Universitaria convocada por el CIN, para reclamar el cumplimiento efectivo de la Ley de Financiamiento Universitario. Invitamos a toda la comunidad de Económicas UNICEN a acompañar la jornada a las 17 h, en Rodríguez y Garibaldi.
Seguiremos compartiendo información sobre este proceso y reafirmamos la importancia de contar con un financiamiento adecuado y previsible, acorde a la ley vigente, para sostener la calidad académica de nuestra Facultad.